UNIDAD UNO


UNIDAD # UNO




TEMAS




  • NORMAS, PRINCIPIOS, POSTULADOS Y CONCEPTOS DE LA CONTABILIDAD APLICADOS EN COLOMBIA 
  • LA EMPRESA Y EL COMERCIANTE
  • TIPOS DE SOCIEDADES EN COLOMBIA
  • DOCUMENTOS DE COMERCIO
  • CONCEPTO DE PERSONA NATURAL Y PERSONA JURIDICA
  •  LA CONTABILIDAD Y LA ACTIVIDAD ECONOMICA
  • HISTORIA DE LA CONTABILIDAD EN COLOMBIA
  •  
  • CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS
  1. a. Según su actividad:
    · Agropecuarias:
    Son aquellas que producen bienes agrícolas y pecuarios en grandes cantidades. Son las empresas que proporcionan materia prima a otras industrias, por ejemplo, pesca, agricultura, caza, explotación de bosques, etc.
    Ejemplos: granjas avícolas, porcícolas, invernaderos, haciendas de producción agrícola, ganadería intensiva de bovinos, entre otras.
    · Mineras:
    Son las que tienen como objetivo principal la explotación de los recursos del suelo.
    Ejemplos: empresas de petróleos, auríferas, de piedras preciosas, y de otros minerales. En nuestra región encontramos la mina de mármol.
    · Industriales:
    Son las que se dedican a transformar la materia prima en productos terminados. Se dedican a la producción de bienes, mediante la transformación de la materia prima a través de los procesos de fabricación.
    Ejemplos: fabricas de telas, fabricas de camisas, fabricas de muebles, fabricas de calzado, fabrica de pulpas, mermeladas y encurtidos.
    · Comerciales:
    Son Empresas que se dedican a la compra y venta de productos terminados, tales como almacenes, librerías, farmacias, supermercados.
    · De servicios:
    Son las que buscan prestar un servicio para satisfacer las necesidades de la comunidad.
    Ejemplos: Servicios en salud, en educación, transporte, recreación, servicios públicos, seguros, y otros servicios.
    Una empresa dedicada a la aviación, un centro de salud, una universidad, una funeraria, una odontología, entre otras.

    b. Según la propiedad:
    · Privadas:
    Son las empresas que para su constitución y funcionamiento necesitan aportes de personas particulares.
    Ejemplos: un centro educativo, un supermercado propiedad de una familia, un taller de carros, una fábrica de ropa, una empresa de lácteos.
    · Oficiales o Públicas:
    Son las empresas que para su funcionamiento reciben aportes del Estado.
    Ejemplos: Hospitales Departamentales, Colegios Nacionales.

    · De economía mixta:
    Son las empresas que reciben aportes de los particulares y del Estado.
    Ejemplos: Una Universidad Semi Oficial, ISAGEN, Banagrario.

    c. Según su tamaño: En Colombia la ley 905 y 504 de Mipymes hacen referencia a la clasificación de las empresas en el país según su dimensión.
    · Microempresa:
    Posee menos de 10 trabajadores.
    · Pequeña empresa:
    Es la que maneja escaso capital. Su contabilidad es sencilla, cuenta con menos de 50 empleados trabando en la empresa y cubre una parte del mercado local o regional.
    · Mediana empresa:
    En este tipo de empresa puede observase una mayor especialización de la producción o trabajo, en consecuencia el número de empleados es mayor que el anterior, tiene de 50 a 250 empleados laborando, la inversión y los rendimientos obtenidos ya son considerables, su información contable es amplia y su producto solamente llega al ámbito nacional.
    · Gran empresa:
    Es la de mayor organización, posee personal técnico, profesional y especializado para cada actividad, las inversiones y rendimientos son de mayor cuantía. Tiene más de 250 empleados, y su producto abarca el mercado internacional.
    Ejemplos: Coca-cola, Sofasa, Carvajal, Microsoft.

    d. De acuerdo con el número de propietarios.
    · Individuales:
    Se denominan también empresas unitarias o de propietario único. En ellas, aunque una persona es la dueña, la actividad de la empresa se extiende a más personas, quienes pueden ser familiares o empleados particulares.
    · Unipersonales:
    Es la persona natural o jurídica*, que, reuniendo las calidades jurídicas para ejercer el comercio, destina parte de sus activos para una o varias actividades de carácter mercantil. La empresa unipersonal una vez inscrita en el registro mercantil forma una persona jurídica.

    *Persona Jurídica es una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones por medio de un representante legal


    · Sociedades:
    Son las empresas de propiedad de dos o más personas llanadas socios.
    Las personas se agrupan por medio de un contrato de sociedad, y se denominan socios, los cuales hacen un aporte en dinero, en trabajo o en bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre si las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.


    1. Sociedades de personas:
    · Sociedad Colectiva:
    Está constituida por dos o más personas; los socios pueden aportar dinero o bienes, y sus responsabilidad es ilimitada y solidaria. La razón social se forma con el nombre o apellidos de uno o varios socios seguido de la expresión & Compañía.

    Ejemplos:
    Hermanos e Hijos & Compañía.
    Cruz, Díaz & Compañía.

    Sociedad en comandita simple:
    Se forma por dos o más personas, de las que por lo menos una tiene responsabilidad ilimitada; en la razón social debe figurar el nombre o apellido de los socios que tienen responsabilidad ilimitada, seguido de la expresión & Cía. S. en C.

    Ejemplo:
    Torres & Cía. S. en C.

    2. Sociedades de capital:
    Sociedad Anónima:
    Se forma con mínimo de cinco socios. El capital aportado está representado en acciones. La razón social se forma con el nombre que caracteriza a la empresa, seguido de la expresión S.A.

    Ejemplo: Galletas Tostaditas S.A.

    Sociedad en comandita por acciones:
    Se constituye por uno o más socios con responsabilidad ilimitada y cinco o más socios con responsabilidad limitada. El capital está representado en títulos de igual valor. Se distingue porque la razón social va acompañada de las iníciales S. C. A. (Sociedad en Comandita por Acciones).

    Ejemplo: Computadores y Equipos S. C. A.

    3. Sociedades mixtas:
    El prototipo de esta sociedad es:
    Sociedad de responsabilidad limitada: los socios pueden ser mínimo dos, máximo veinticinco. El capital está dividido en cuotas de igual valor. La razón social está seguida de la palabra Limitada o de su abreviatura Ltda.

    Ejemplo: Almacén El Estudiante, Ltda.

    4. Sociedad sin ánimo de lucro:
    Son entidades que persiguen exclusivamente fines sociales, culturales, deportivos y de servicios, sin ánimo de lucro.



    CONCEPTO DE EMPRESA EN COLOMBIA

    Una empresa es la interacción de las variables: equipo de trabajo, productos – servicios, mercado – clientes.  Cuando estos tres elementos funcionan, interactúan, son sinérgicos y se reinventan en el tiempo podemos decir que hay una empresa, antes no.   Una empresa debe estar soportada en esas tres condiciones y esto es lo que se construye en la etapa de creación, de puesta en marcha.

    La empresa es tener un equipo de trabajo, unas personas que están en condiciones de desarrollar productos y servicios que alguien está dispuesto a comprar y a pagar.  En Colombia es muy común encontrar estos elementos funcionando sin tener legalidad en su constitución, y sin embargo podemos decir que es una empresa.

    La mayoría de las empresas en nuestro país son mipymes, pero de esas mipymes que son casi todo el motor empresarial de Colombia, la mayoría son microempresas, es decir, 5 personas trabajando bajo un mismo techo, con múltiples funciones, el gerente estresado pensando diariamente de dónde va a generar el ingreso para pagarles a sus 4 empleados, y gastándole tiempo a una gran cantidad de problemas que adquiere la empresa.

    La gran mayoría del empleo, del desarrollo económico, de la industria, de todo lo que tenemos en nuestro país, lo generan estos gerentes que son unos héroes; un país como el nuestro no necesita más empresas, lo ideal sería tener mejores empresas, porque  debido a nuestras condiciones socio – económicas, la gran mayoría de las microempresas del país, son y serán micro el resto de su vida.  ¿Cuántas de estas microempresas logran ser pequeñas?, es decir ¿de 5 trabajadores llegar a 15?.  ¿Cuántas de las empresas pequeñas llegarán a tener algún día 150 o 200 trabajadores?, y ¿Cuántas de esas empresas de 100 trabajadores, llegarán a tener 1000?.  Son contadas las empresas que llegan a evolucionar y crecer en Colombia.  Si nos ponemos a reflexionar en el 2% de las empresas del país que son las “grandes” empresas, son generalmente multinacionales, empresas de servicios con un brazo económico muy fuerte detrás; pero cuántas empresas que hayan realizado todo ese recorrido (desde micro) habrán surgido en los últimos  15 años?, ¿Cuántas empresas que hayan surgido en los últimos 15 años en Colombia a hoy facturan 20 millones de dólares?.

    Es así como se hace un llamado a nuestros empresarios héroes y al Estado para que ellos tengan mejores esquemas apoyados por todo el sistema económico del país, y que algún día, así sea muy remoto, estas microempresas puedan convertirse al menos en pequeñas.

    QUIENES SON COMERCIANTES

    Concepto y definición de comerciante.

    Según el artículo 10 del Código de comercio colombiano, “son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona”. Comerciantes es pues, aquella Persona natural o Persona jurídica que voluntariamente, y de forma regular y profesionalmente, desarrolla un acto jurídico considerado como mercantil por la ley.

    De lo anterior se evidencia claramente que, el hecho que otorga la calidad de comerciante a una persona es la realización por parte de ésta de actos de comercio de manera profesional, habitual y no ocasional, tal y como lo establece el artículo 11 del código de comercio cuando señala: “las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes en cuanto a dichas operaciones.”

    Si nos detenemos un poco en la expresión profesionalmente, podemos concluir que aunque se desarrolle una actividad mercantil, se es comerciante sólo si se hace de forma profesional. A manera de ejemplo, si una Persona natural vende su casa, o sus muebles, no lo esta haciendo de forma profesional ni habitual, es un acto ocasional que en ningún momento lo convierte en comerciante.

    Actividades mercantiles.

    Ya tenemos claro que los comerciantes son las personas que en los términos señalados por la ley ejercen actividades mercantiles, así que debemos ahora definir cuales son esas actividades mercantiles.

    Pues bien, el artículo 20 del Código de comercio, enumera cada una de las actividades que la ley considera como mercantiles:

    “Son mercantiles para todos los efectos legales:
    1. La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos;
    2. La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos; el arrendamiento de todo clase de bienes para subarrendarlos, y el subarrendamiento de los mismos;
    3. El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés.
    4. La adquisición o enajenación, a título oneroso, de establecimientos de comercio, y la prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas con los mismos;
    5. La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones;
    6. El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos-valores, así como la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos;
    7. Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillo;
    8. El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o extranjeras;
    9. La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje;
    10. Las empresas de seguros y la actividad aseguradora;
    11. Las empresas de transporte de personas o de cosas, a título oneroso, cualesquiera que fueren la vía y el medio utilizados;
    12. Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes;
    13. Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos públicos y expendio de toda clase de bienes;
    14. Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda y las demás destinadas a la prestación de servicios;
    15. Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones y ornamentaciones;
    16. Las empresas para el aprovechamiento o explotación mercantil de las fuerzas o recursos de la naturaleza;
    17. Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración, custodia o circulación de toda clase de bienes;
    18. Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el trasporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios, y
    19. Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil”.

    Ahora bien, así como la ley señala cuales son los actos mercantiles, también establece cuales actividades no se consideran mercantiles. Esto lo hace en el artículo 23 del Código de comercio:

    No son mercantiles:
    1. La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes;
    2. La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de estas por su autor;
    3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público;
    4. Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando que dicha transformación no constituya por sí misma una empresa, y
    5. La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales.

    Obligaciones de los comerciantes.

    Entre las muchas obligaciones que tienen los comerciantes, el código de comercio establece que los comerciantes están: Obligados a llevar contabilidad, a inscribirse en el Registro mercantil, a registrar los Libros de contabilidad o Libros de comercio, conservar los documentos y soportes relacionados con su actividad, etc.

    Existen otro tipo de obligaciones como son las relacionadas con los impuestos, y con las obligaciones que les exigen las diferentes entidades de control del estado como las superintendencias, obligaciones que se irán desarrollando posteriormente.




     ACTIVIDAD DESARROLLADA

    DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
    En grupos colaborativos o cipas de 2 máximo 3 alumnos, los estudiantes analizan un tema planteado y lo sustentan a modo de exposición ante sus compañeros, el tema lo deben entregar soportado en una técnica de aprendizaje tales como:
    MAPA CONCEPTUAL
    MAPA MENTAL
    CUADRO SIGNOTICO
    ENSAYO
    ENTRE OTROS.
    EVALUACION
    La actividad tendrá una cargo de nota de un 10% del primer 30% de la nota 1.
    Los aspectos a tener en cuenta son:
     Fundamentación del contenido temático.
    Clara explicación del tema
    Utilización de Ejemplos reales.
    Excelente presentación de la técnica a utilizar
     






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